Obligaciones: qué tienes que hacer y con qué lo demuestras
Cumplir sin poder demostrarlo equivale a no cumplir: en una verificación lo que se revisa son documentos, acuses y bitácoras.
Respuesta directa
Ser sujeto obligado no se agota en presentar avisos. El art. 18 de la ley enumera once obligaciones, y la reforma de 2025 sumó cinco nuevas de gobierno del riesgo que las reglas de 2026 desarrollaron en detalle. Cada página de este catálogo trae los pasos accionables y, sobre todo, la evidencia que un auditor espera encontrar.
De dónde salen estas obligaciones
Tres niveles normativos que hay que leer juntos.
El art. 18 de la ley fija el catálogo. El Reglamento lo desarrolla con reglas operativas —plazos, conservación, procedimientos— y las Reglas de Carácter General bajan al detalle: qué contiene el manual, cómo se clasifica el riesgo, qué funciones mínimas debe tener un mecanismo automatizado, cómo se estructura un dictamen.
Las cinco obligaciones adicionadas en 2025 —enfoque basado en riesgos, manual, selección de personal y capacitación, mecanismos automatizados y auditoría anual— no fueron exigibles desde el primer día: su calendario lo fijan los transitorios del Acuerdo 115/2026, que puedes consultar en el calendario de cumplimiento.
Incumplir cualquiera de ellas es infracción
El art. 53, fracción II de la ley sanciona el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del art. 18, no sólo de las que tienen que ver con avisos. Aquí están los rangos aplicables.
Catálogo por bloque
Agrupadas por el tipo de trabajo que exigen, no por el orden de la ley.
Alta y registro1
Alta y registro en el portal SPPLD
Quien realiza una actividad vulnerable debe darse de alta en el padrón del SAT y habilitar su acceso al portal SPPLD para poder presentar avisos.
Art. 18, fracción IV BisUna sola vez5 pasos
Gobierno interno3
Designación del representante encargado del cumplimiento
Las personas morales deben designar ante la autoridad a un representante encargado del cumplimiento, con facultades suficientes y datos actualizados.
Art. 20Una sola vez4 pasosManual de políticas y procedimientos internos
El manual documenta cómo la organización cumple: identificación, expedientes, avisos, riesgos, capacitación, auditoría y conservación.
Reglamento y disposiciones de carácter generalAnual4 pasosSelección e investigación de personal
Debe existir un procedimiento documentado para investigar los antecedentes del personal que participa en las funciones de cumplimiento.
Reglamento y disposiciones de carácter general3 pasos
Identificación del cliente2
Identificación del cliente o usuario
Antes o al momento de realizar el acto, hay que identificar de forma directa al cliente o usuario y verificar su identidad con documentos válidos.
Art. 18, fracción I4 pasosIdentificación del beneficiario controlador
Hay que preguntar y documentar quién es la persona física que finalmente se beneficia o controla al cliente, incluso cuando el control es indirecto.
Art. 18, fracción III4 pasos
Expedientes1
Integración y actualización de expedientes
Cada cliente identificado requiere un expediente único de identificación, actualizado y disponible para la autoridad.
Art. 18, fracción I, y art. 12 de las disposiciones de carácter generalSemestral4 pasos
Gestión de riesgos4
Metodología de enfoque basado en riesgos
Se debe contar con una metodología documentada que evalúe los riesgos del negocio y clasifique a los clientes en función de ellos.
Reglamento y disposiciones de carácter generalAnual5 pasosClasificación de clientes por nivel de riesgo
Cada cliente debe quedar clasificado en riesgo bajo, medio o alto, y la clasificación debe revisarse periódicamente.
Reglamento y disposiciones de carácter generalSemestral4 pasosPerfil transaccional y su revisión semestral
Hay que construir un perfil esperado de operación para cada cliente y compararlo contra su comportamiento real de forma periódica.
Disposiciones de carácter generalSemestral4 pasosPersonas políticamente expuestas (PEP)
Se debe identificar si el cliente, su beneficiario controlador o sus familiares cercanos son PEP y aplicar medidas reforzadas cuando así sea.
Disposiciones de carácter general4 pasos
Avisos e informes3
Presentación de avisos a más tardar el día 17
Los avisos por operaciones que alcanzan el umbral se presentan a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquel en que ocurrió la operación.
Art. 23Mensual4 pasosInformes en ceros
Cuando en el periodo no hubo operaciones que alcanzaran el umbral de aviso, de todas formas debe presentarse el informe correspondiente.
Art. 23Mensual3 pasosAvisos de operaciones inusuales en 24 horas
Cuando se detecta una operación inusual o preocupante, el aviso corre en un plazo mucho más corto que el ordinario. Incluye supuestos de operaciones intentadas.
Art. 17 y disposiciones de carácter general4 pasos
Tecnología1
Mecanismos automatizados
La normativa exige contar con sistemas que apoyen la detección de umbrales, la acumulación, las alertas y la trazabilidad de las decisiones.
Reglamento y disposiciones de carácter general4 pasos
Capacitación1
Capacitación anual del personal
El personal involucrado debe recibir capacitación al menos una vez al año, con evidencia de asistencia y evaluación.
Reglamento y disposiciones de carácter generalAnual4 pasos
Auditoría2
Auditoría anual de cumplimiento
El programa de cumplimiento debe someterse a una auditoría con periodicidad anual, que genera hallazgos y un plan de remediación.
Reglamento y disposiciones de carácter generalAnual5 pasosDictamen y seguimiento de observaciones
El resultado de la auditoría se formaliza en un dictamen que se presenta ante la autoridad en el plazo aplicable.
Disposiciones de carácter generalAnual4 pasos
Conservación1
Conservación de información por diez años
La información, documentación y soportes de las operaciones y de la identificación deben conservarse por diez años.
Art. 18, fracción IV4 pasos
En qué orden atacarlas
Una secuencia que evita rehacer trabajo.
- Alta y registro: sin padrón no puedes presentar nada, y la obligación de informar empieza a correr desde el registro.
- Representante encargado del cumplimiento si eres persona moral: define quién responde antes de definir cómo.
- Identificación y expedientes: es lo primero que se revisa en una visita y lo que más tiempo toma construir hacia atrás.
- Avisos e informes en ceros: la obligación mensual que no admite pausas.
- Metodología de riesgos y manual: el manual depende de la metodología, así que ese es el orden.
- Clasificación de clientes, perfil transaccional y mecanismos automatizados: los tres se implementan juntos o ninguno funciona.
- Capacitación y auditoría: cierran el ciclo y son las de calendario más lejano, pero la evidencia se construye durante todo el año.
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Quién escribe y cómo se verifica
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