Saltar al contenido principal
LeyAntilavado.orgCentro independiente sobre la LFPIORPI
9 hitos6 con fecha oficial3 estimadas

Calendario de cumplimiento 2026-2029

Cada fecha exigible del Acuerdo 115/2026 con cuenta regresiva en vivo: metodología de riesgos, mecanismos automatizados, capacitación y auditoría.

Respuesta directa

El Acuerdo 115/2026 entra en vigor el 30 de noviembre de 2026 y escalona el resto: metodología de riesgos, manual y expedientes el 1 de marzo de 2027; mecanismos automatizados el 1 de junio de 2027; el ejercicio 2027 como primer periodo de capacitación; el 2028 como primero de auditoría, con dictamen a más tardar el último día hábil de marzo de 2029.

Cómo leer estas fechas

Las fechas se muestran nominales: no las recorremos por fines de semana ni días inhábiles. Hacerlo sin una regla oficial registrada sería inventar derecho.

Cuando el texto oficial fija un plazo en meses en lugar de una fecha calendario, el hito aparece marcado como fecha estimada. Úsalo para planear, no como fecha límite operativa.

Muestra sólo las fechas ligadas a una obligación

9 de 9 fechas · 1 obligación sin fecha cierta. El archivo .ics se genera en tu navegador: no enviamos nada a ningún servidor.

Cuánto falta para cada regla

Todas las fechas exigibles del calendario 2026-2029, con cuenta regresiva en vivo. Las fechas son nominales: no las recorremos por días inhábiles sin una regla oficial que lo respalde.

  • Menos de 6 meses

    Entrada en vigor del Acuerdo 115/2026

    30 de noviembre de 2026

    • Manual de políticas y procedimientos internos
    • Metodología de enfoque basado en riesgos
  • Menos de 6 meses

    Primer periodo anual de capacitación

    Del 1 de enero de 2027 al 31 de diciembre de 2027 · periodo anual

    • Capacitación anual del personal
  • Con margen

    Metodología de riesgos, manual y expedientes

    1 de marzo de 2027

    • Metodología de enfoque basado en riesgos
    • Manual de políticas y procedimientos internos
    • Clasificación de clientes por nivel de riesgo
    • +3
  • Con margenfecha estimada

    Actualización de proveedores de servicios de activos virtuales

    30 de mayo de 2027

  • Con margen

    Mecanismos automatizados en operación

    1 de junio de 2027

    • Mecanismos automatizados
  • Con margenfecha estimada

    Notificaciones electrónicas

    30 de julio de 2027

  • Con margenfecha estimada

    Disponibilidad prevista de Consulta PEP 2.0

    30 de agosto de 2027

    • Personas políticamente expuestas (PEP)
  • Con margen

    Primer periodo de auditoría anual

    Del 1 de enero de 2028 al 31 de diciembre de 2028 · periodo anual

    • Auditoría anual de cumplimiento
  • Con margen

    Entrega del primer dictamen (ejercicio 2028)

    30 de marzo de 2029

    • Dictamen y seguimiento de observaciones

Obligaciones sin fecha cierta

Estas obligaciones existen en la norma pero su exigibilidad todavía no tiene una fecha publicada. No les ponemos cuenta regresiva porque sería inventarla.

  • Avisos de operaciones inusuales en 24 horas

    La obligación está prevista en la norma, pero su exigibilidad corre a partir de seis meses después de que la UIF publique la Resolución con los formatos oficiales. Esa Resolución no aparece publicada a la fecha de la última revisión, por lo que no existe una fecha cierta.

    Fundamento: Arts. 26 Bis, 26 Bis 1, 26 Bis 2 y 27, Acuerdo 115/2026. Última revisión: 2026-08-23.

Por qué el calendario va escalonado

La norma no exigió todo el mismo día, y entender la lógica ayuda a priorizar.

El Acuerdo 115/2026 separa las obligaciones en tres oleadas según lo que exige montar. La primera, el 1 de marzo de 2027, agrupa lo documental: metodología de enfoque basado en riesgos, manual de políticas, clasificación de clientes, expedientes, beneficiario controlador y procedimientos de selección de personal. Son cosas que se escriben, se aprueban y se archivan.

La segunda, el 1 de junio de 2027, exige que los mecanismos automatizados estén operando. Llega después a propósito: no se puede automatizar la detección sin haber definido antes la metodología que decide qué es una alerta.

La tercera es de verificación. El ejercicio 2027 completo es el primer periodo anual de capacitación y el 2028 el primero sujeto a auditoría, con dictamen a más tardar el último día hábil de marzo de 2029. La auditoría puede ser interna cuando el riesgo de la organización es bajo o medio; es obligatoriamente externa cuando es alto, y el auditor externo necesita certificación vigente ante la UIF.

Consecuencia práctica: si empiezas por comprar software antes de tener la metodología escrita, vas a configurar reglas que no puedes justificar. El orden del calendario es también el orden recomendado de trabajo.

Sigue por aquí

Entender qué cambió

Prepararte

Quién escribe y cómo se verifica

Equipo editorial de LeyAntilavado.org · Investigación normativa y redacción

Equipo que investiga, redacta y mantiene el contenido de LeyAntilavado.org. No somos un despacho ni una autoridad: somos un proyecto editorial independiente que explica la LFPIORPI en español claro y cita siempre la disposición de la que sale cada afirmación.

Metodología editorial
  • Cada cifra legal del sitio sale del motor de reglas, no de un texto escrito a mano. Si la ley cambia, cambia el dato en un solo lugar y con él todas las páginas.
  • Cada afirmación jurídica lleva artículo y fracción. Si una afirmación no puede anclarse a una disposición, no se publica.
  • Contrastamos contra fuente primaria: el texto vigente publicado por la Cámara de Diputados, el Diario Oficial de la Federación, el portal SPPLD del SAT y los comunicados del INEGI para la UMA.
  • Cuando dos fuentes oficiales se contradicen, mostramos ambas y decimos que la autoridad no lo ha aclarado. No elegimos una en silencio.
  • Cuando un dato no pudo verificarse, la página lo dice con el sello de procedencia en rojo en lugar de esconderlo.
  • No emitimos constancias, dictámenes ni opiniones jurídicas, y nada de lo publicado sustituye la asesoría de un profesional sobre un caso concreto.
Publicado:
Última actualización:

Aviso legal

Esta página es información general sobre la LFPIORPI, no asesoría jurídica ni fiscal para un caso concreto. Aplicar una regla a tu operación exige revisar hechos que aquí no conocemos.

LeyAntilavado.org es un proyecto privado e independiente. No pertenece ni está afiliado al SAT, a la UIF, a la SHCP ni a ninguna autoridad del gobierno de México, y no emite constancias ni certificaciones de cumplimiento.

Antes de decidir sobre una operación real, verifica la disposición citada en su fuente oficial y consulta a un profesional.