Corredor público: avalúo de una nave industrial
Un corredor público en Monterrey emite el avalúo de una nave industrial que una empresa quiere dar en garantía de un crédito. El cliente es la propia empresa propietaria del inmueble y paga por transferencia.
Respuesta directa
La operación alcanza el umbral de aviso. Verifica la fecha límite y prepara el aviso con la documentación soporte.
La operación, en datos
Lo que se captura es esto y nada más. Todo lo demás lo deduce el motor.
- Valor de la operación
- $1,250,000.00
- Fecha de la operación
- Medio de pago
- Transferencia electrónica
- Tipo de cliente
- Persona moral
Qué dice la regla
Calculado con el motor del sitio, con la UMA vigente en la fecha de la operación y la disposición aplicable a la vista.
Existe una posible obligación de presentar aviso
La operación alcanza el umbral de aviso. Verifica la fecha límite y prepara el aviso con la documentación soporte.
Fe pública: corredores públicos · Art. 17, fracción XII Apartado B · subtipo “avaluos” · Por operación
| Obligación | Umbral | Equivalente en pesos | Estado | Por qué |
|---|---|---|---|---|
| Identificar al cliente | 8,025 UMA | $941,412.75 | Alcanzado | El umbral de identificación es de 8,025 UMA. Con la UMA vigente en 2026-04-23 (año 2026), equivale a $941,412.75. La obligación aplica cuando el monto es igual o superior a esa cantidad. |
| Presentar aviso | 8,025 UMA | $941,412.75 | Alcanzado | El umbral de aviso es de 8,025 UMA. Con la UMA vigente en 2026-04-23 (año 2026), equivale a $941,412.75. La obligación aplica cuando el monto es igual o superior a esa cantidad. |
Ten en cuenta
Este resultado cubre sólo la operación capturada. Si el mismo cliente hizo otras operaciones del mismo tipo en los últimos seis meses, la suma puede disparar el aviso aunque ninguna llegue por separado.
Obligaciones que se activan con este resultado
- Alta y registro en el portal SPPLD — Quien realiza una actividad vulnerable debe darse de alta en el padrón del SAT y habilitar su acceso al portal SPPLD para poder presentar avisos.
- Designación del representante encargado del cumplimiento — Las personas morales deben designar ante la autoridad a un representante encargado del cumplimiento, con facultades suficientes y datos actualizados.
- Identificación del cliente o usuario — Antes o al momento de realizar el acto, hay que identificar de forma directa al cliente o usuario y verificar su identidad con documentos válidos.
- Integración y actualización de expedientes — Cada cliente identificado requiere un expediente único de identificación, actualizado y disponible para la autoridad.
- Identificación del beneficiario controlador — Hay que preguntar y documentar quién es la persona física que finalmente se beneficia o controla al cliente, incluso cuando el control es indirecto.
- Conservación de información por diez años — La información, documentación y soportes de las operaciones y de la identificación deben conservarse por diez años.
- Presentación de avisos a más tardar el día 17 — Los avisos por operaciones que alcanzan el umbral se presentan a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquel en que ocurrió la operación.
Qué dimos por hecho
- Se aplicó la UMA vigente en la fecha de la operación (2026-04-23), no la del año en curso.
Qué falta saber para afinar el resultado
- Un identificador del cliente, para acumular sus operaciones en la ventana de seis meses.
Contrastamos este dato directamente contra el documento publicado por la autoridad.
Contrastado contra la tabla oficial de umbrales del SAT y el texto vigente de la LFPIORPI (última reforma DOF 16-07-2025).
- Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
- Tabla de umbrales de identificación y aviso — SAT
Última revisión: 2026-10-04
Versión del corpus legal usada: 2026.10.04.
Cómo leer este caso
Lo que el motor no puede deducir de los datos y sí cambia la lectura.
- Aquí el umbral de identificar y el de avisar son el mismo, así que se cruzan a la vez. En la mayoría de las actividades no es así: primero se identifica y sólo más arriba se avisa.
- Lo que se mide es el valor del bien avaluado, no los honorarios del corredor.
- El apartado de corredores tiene cuatro supuestos con reglas propias. El avalúo es sólo uno; constituir sociedades, fideicomisos y mutuos mercantiles se miden aparte.
Qué hacer después
En este orden. La conclusión sin los pasos no sirve de nada.
- 1.Identificar a la persona moral y a quien la representa, y dejar constancia del acto que acredita esa representación.
- 2.Determinar quién es el beneficiario controlador de la empresa: en persona moral es la parte que más se omite.
- 3.Presentar el aviso en plazo con el valor que arrojó el avalúo, no con el honorario cobrado.
Tu operación no es ésta. Corre la tuya en la calculadora de umbrales y revisa el plazo para presentar el aviso.
Sigue por aquí
Herramientas
La regla de fondo
- Fe pública: corredores públicos
La actividad completa, con todos sus supuestos
- Tabla completa de umbrales
- Las obligaciones, una por una
Quién escribe y cómo se verifica
Equipo editorial de LeyAntilavado.org · Investigación normativa y redacción
Equipo que investiga, redacta y mantiene el contenido de LeyAntilavado.org. No somos un despacho ni una autoridad: somos un proyecto editorial independiente que explica la LFPIORPI en español claro y cita siempre la disposición de la que sale cada afirmación.
Metodología editorial
- Cada cifra legal del sitio sale del motor de reglas, no de un texto escrito a mano. Si la ley cambia, cambia el dato en un solo lugar y con él todas las páginas.
- Cada afirmación jurídica lleva artículo y fracción. Si una afirmación no puede anclarse a una disposición, no se publica.
- Contrastamos contra fuente primaria: el texto vigente publicado por la Cámara de Diputados, el Diario Oficial de la Federación, el portal SPPLD del SAT y los comunicados del INEGI para la UMA.
- Cuando dos fuentes oficiales se contradicen, mostramos ambas y decimos que la autoridad no lo ha aclarado. No elegimos una en silencio.
- Cuando un dato no pudo verificarse, la página lo dice con el sello de procedencia en rojo en lugar de esconderlo.
- No emitimos constancias, dictámenes ni opiniones jurídicas, y nada de lo publicado sustituye la asesoría de un profesional sobre un caso concreto.
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