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Art. 17, fracción XI5 supuestos con regla propia

Servicios profesionales independientes

Prestación de servicios profesionales de manera independiente, sin relación laboral, cuando se preparan o realizan para un cliente ciertos actos. El aviso no depende de un monto: procede cuando el profesional realiza, en nombre y representación del cliente, la operación financiera relacionada con el acto. La ley preserva el secreto profesional y la garantía de defensa.

Respuesta directa

Un contador o un abogado independiente es sujeto obligado sólo cuando prepara o realiza para su cliente alguno de los cinco actos que enumera la fracción XI. La identificación procede siempre que participes en esos actos; el aviso no depende de un monto, sino de un hecho: que realices la operación financiera en nombre y representación del cliente.

Quién cae y quién no

La pregunta que trae casi todo el que llega a esta página.

Sí queda dentro

  • Contadores públicos independientes que administran recursos de clientes
  • Abogados corporativos que constituyen sociedades a nombre de sus clientes
  • Despachos que manejan cuentas bancarias de terceros bajo mandato
  • Asesores que organizan aportaciones de capital para constituir sociedades
  • Consultores que administran fideicomisos o vehículos corporativos de clientes

No queda dentro

  • Llevar la contabilidad o presentar declaraciones: no está en el catálogo de los cinco incisos.
  • Opinar, dictaminar o redactar un contrato sin ejecutar la operación en nombre del cliente.
  • El abogado litigante que representa en juicio: la defensa no es ninguno de los actos listados.
  • El empleado en nómina de la empresa: la fracción exige que el servicio se preste de manera independiente, sin relación laboral.

Lo que hay que mirar para no equivocarse

  • Los cinco incisos son un catálogo cerrado: compraventa de inmuebles, administración de recursos, manejo de cuentas, organización de aportaciones de capital y constitución o administración de personas morales y fideicomisos.
  • La línea entre asesorar y representar decide el aviso. Asesorar mantiene la identificación; representar activa el aviso.
  • No hay umbral monetario: constituir una sociedad de capital pequeño en nombre del cliente puede generar aviso igual que una operación grande.
  • La ley preserva el secreto profesional y la garantía de defensa, pero eso no convierte el aviso en optativo.
  • En un despacho con varios socios hay que definir quién se da de alta y quién presenta los avisos, y dejarlo asentado.

Umbrales de identificación y aviso

Cada supuesto se mide por separado. Aplanarlos a un solo número es el error más común del mercado.

Umbrales de identificación y de aviso de Servicios profesionales independientes.
SupuestoIdentificaciónAvisoSe mide
Compraventa de inmuebles o cesión de derechosArt. 17, fracción XI, inciso a)
Siempre
Depende del supuesto
  • El profesional realiza, en nombre y representación del cliente, la operación financiera relacionada con el acto.

    Siempre
  • El profesional únicamente asesora, opina o prepara documentos, sin realizar la operación en nombre del cliente.

    No aplica
operacion
Administración y manejo de recursos y activosArt. 17, fracción XI, inciso b)
Siempre
Depende del supuesto
  • El profesional realiza, en nombre y representación del cliente, la operación financiera relacionada con el acto.

    Siempre
  • El profesional únicamente asesora, opina o prepara documentos, sin realizar la operación en nombre del cliente.

    No aplica
operacion
Manejo de cuentas bancarias, de ahorro o de valoresArt. 17, fracción XI, inciso c)
Siempre
Depende del supuesto
  • El profesional realiza, en nombre y representación del cliente, la operación financiera relacionada con el acto.

    Siempre
  • El profesional únicamente asesora, opina o prepara documentos, sin realizar la operación en nombre del cliente.

    No aplica
operacion
Organización de aportaciones de capitalArt. 17, fracción XI, inciso d)
Siempre
Depende del supuesto
  • El profesional realiza, en nombre y representación del cliente, la operación financiera relacionada con el acto.

    Siempre
  • El profesional únicamente asesora, opina o prepara documentos, sin realizar la operación en nombre del cliente.

    No aplica
operacion
Constitución y administración de personas moralesArt. 17, fracción XI, inciso e)
Siempre
Depende del supuesto
  • El profesional realiza, en nombre y representación del cliente, la operación financiera relacionada con el acto.

    Siempre
  • El profesional únicamente asesora, opina o prepara documentos, sin realizar la operación en nombre del cliente.

    No aplica
operacion

¿Necesitas otro año? La tabla completa recalcula todo con la UMA de cualquier año registrado. Recuerda que la UMA entra en vigor el 1 de febrero: una operación de enero se mide con la del año anterior.

Verificado en fuente oficialArt. 17, fracción XI, inciso a)

Contrastamos este dato directamente contra el documento publicado por la autoridad.

La ley preserva el secreto profesional y la garantía de defensa del cliente.

Última revisión: 2026-08-23

Límite de uso de efectivo

Una prohibición del art. 32, no un umbral de reporte. Se mide con IVA incluido.

  • Acciones y partes sociales

    Transmisión de dominio o constitución de derechos sobre títulos representativos de partes sociales o acciones de personas morales.

    3,210 UMA$376,565.10

Obligaciones que genera

Las que más pesan en esta actividad. El catálogo completo aplica igual.

  • Alta y registro en el portal SPPLD

    Quien realiza una actividad vulnerable debe darse de alta en el padrón del SAT y habilitar su acceso al portal SPPLD para poder presentar avisos.

    Art. 18, fracción IV Bis

  • Identificación del cliente o usuario

    Antes o al momento de realizar el acto, hay que identificar de forma directa al cliente o usuario y verificar su identidad con documentos válidos.

    Art. 18, fracción I

  • Integración y actualización de expedientes

    Cada cliente identificado requiere un expediente único de identificación, actualizado y disponible para la autoridad.

    Art. 18, fracción I, y art. 12 de las disposiciones de carácter general

  • Presentación de avisos a más tardar el día 17

    Los avisos por operaciones que alcanzan el umbral se presentan a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquel en que ocurrió la operación.

    Art. 23

Ver las 19 obligaciones con sus pasos y su evidencia

Ejemplo práctico resuelto

Calculado con el mismo motor que usan las herramientas del sitio, no escrito a mano.

Constitución de una sociedad en nombre del cliente

Un despacho constituye una sociedad mercantil por instrucción y en representación de su cliente, y realiza la aportación del capital social, en junio de 2026.

Valor de la operación
$50,000.00
Fecha de la operación
2026-06-18

Existe una posible obligación de presentar aviso

Confianza media

La operación alcanza el umbral de aviso. Verifica la fecha límite y prepara el aviso con la documentación soporte.

Qué dimos por hecho

  • Se aplicó la UMA vigente en la fecha de la operación (2026-06-18), no la del año en curso.
IdentificaciónSe alcanza
Se identifica al cliente siempre que se prepare o realice el acto, sin importar el monto.
AvisoSe alcanza
El profesional realiza, en nombre y representación del cliente, la operación financiera relacionada con el acto. Procede el aviso, sin umbral monetario.

Cómo leer este ejemplo

  • El monto es pequeño a propósito: en esta fracción el aviso no depende de la cifra, sino de que el profesional haya realizado la operación financiera en nombre del cliente.
  • Si el despacho sólo hubiera asesorado sin ejecutar la operación, el resultado sería distinto: seguiría habiendo identificación y expediente, pero no aviso por este supuesto.

Ejemplo calculado con la versión 2026.08.14 del corpus legal y la UMA vigente en la fecha de la operación. Las cifras del caso son ilustrativas.

Preguntas frecuentes

¿Llevar la contabilidad me hace sujeto obligado?
No por sí solo. La contabilidad y el cumplimiento fiscal no están en los cinco incisos de la fracción XI. Lo que sí entra es administrar recursos del cliente, manejar sus cuentas o constituir y administrar sociedades a su nombre.
¿Qué significa "en nombre y representación"?
Que tú ejecutas la operación financiera por instrucción del cliente, con mandato o poder, y no simplemente le explicas cómo hacerla. Es el hecho que dispara el aviso en esta fracción.
¿El secreto profesional me exime del aviso?
No. La ley ordena presentar el aviso con respeto al secreto profesional y a la garantía de defensa, no en lugar de ellos. Presentar un aviso conforme a la ley no transgrede el secreto legal ni profesional.
¿Constituir una sociedad de capital mínimo se reporta?
Si realizaste la operación en nombre y representación del cliente, el aviso procede sin umbral monetario. El monto del capital no es el criterio.
¿Se registra el despacho o cada socio?
Depende de quién presta el servicio y bajo qué figura. Si el despacho es persona moral y contrata con el cliente, es él quien se registra y designa representante encargado del cumplimiento. Si cada socio contrata en lo personal, la obligación es individual.

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Quién escribe y cómo se verifica

Equipo editorial de LeyAntilavado.org · Investigación normativa y redacción

Equipo que investiga, redacta y mantiene el contenido de LeyAntilavado.org. No somos un despacho ni una autoridad: somos un proyecto editorial independiente que explica la LFPIORPI en español claro y cita siempre la disposición de la que sale cada afirmación.

Metodología editorial
  • Cada cifra legal del sitio sale del motor de reglas, no de un texto escrito a mano. Si la ley cambia, cambia el dato en un solo lugar y con él todas las páginas.
  • Cada afirmación jurídica lleva artículo y fracción. Si una afirmación no puede anclarse a una disposición, no se publica.
  • Contrastamos contra fuente primaria: el texto vigente publicado por la Cámara de Diputados, el Diario Oficial de la Federación, el portal SPPLD del SAT y los comunicados del INEGI para la UMA.
  • Cuando dos fuentes oficiales se contradicen, mostramos ambas y decimos que la autoridad no lo ha aclarado. No elegimos una en silencio.
  • Cuando un dato no pudo verificarse, la página lo dice con el sello de procedencia en rojo en lugar de esconderlo.
  • No emitimos constancias, dictámenes ni opiniones jurídicas, y nada de lo publicado sustituye la asesoría de un profesional sobre un caso concreto.
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Aviso legal

Esta página es información general sobre la LFPIORPI, no asesoría jurídica ni fiscal para un caso concreto. Aplicar una regla a tu operación exige revisar hechos que aquí no conocemos.

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Antes de decidir sobre una operación real, verifica la disposición citada en su fuente oficial y consulta a un profesional.