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Art. 17, fracción VI

Metales preciosos, piedras preciosas, joyería y relojes

Comercialización o intermediación habitual o profesional de metales preciosos, piedras preciosas, joyas o relojes. Es objeto de aviso con independencia de la forma de pago.

Respuesta directa

Comercializar o intermediar de forma habitual o profesional metales preciosos, piedras preciosas, joyas o relojes es actividad vulnerable. Su rasgo distintivo: la operación es objeto de aviso con independencia de la forma de pago, de modo que cobrar con transferencia o tarjeta no elimina la obligación.

Quién cae y quién no

La pregunta que trae casi todo el que llega a esta página.

Sí queda dentro

  • Joyerías y relojerías de alta gama
  • Negocios de compraventa de oro y plata al público
  • Casas de subasta que rematan joyas y relojes
  • Vendedores habituales por redes sociales o comercio electrónico
  • Intermediarios que colocan piezas de terceros a cambio de comisión

No queda dentro

  • La venta ocasional de una joya personal: falta el carácter habitual o profesional.
  • La bisutería y las piezas sin metal ni piedra preciosa, que no encajan en la descripción legal.
  • Las operaciones en que interviene el Banco de México, expresamente exceptuadas.

Lo que hay que mirar para no equivocarse

  • El aviso procede con independencia de la forma de pago: es la fracción donde más se cree, erróneamente, que pagar con tarjeta exime.
  • La compra de oro al público —el flujo inverso— también es comercialización y está dentro.
  • El límite de efectivo del art. 32 aplica por pieza o por lote, lo que impide partir una venta en piezas para quedar debajo.
  • El cliente recurrente de tickets medianos es el caso típico de acumulación de seis meses.
  • Identificar en mostrador sin arruinar la venta exige un procedimiento breve y ensayado, no improvisar frente al cliente.

Umbrales de identificación y aviso

Convertidos a pesos con la UMA vigente al 2026-08-23.

Umbrales de identificación y de aviso de Metales preciosos, piedras preciosas, joyería y relojes.
DisposiciónIdentificaciónAvisoSe mide
Metales y joyeríaArt. 17, fracción VI
  • 805 UMA$94,434.55
  • 1,605 UMA$188,282.55
operacion

¿Necesitas otro año? La tabla completa recalcula todo con la UMA de cualquier año registrado. Recuerda que la UMA entra en vigor el 1 de febrero: una operación de enero se mide con la del año anterior.

Verificado en fuente oficialArt. 17, fracción VI

Contrastamos este dato directamente contra el documento publicado por la autoridad.

Es objeto de aviso con independencia de la forma de pago. Se exceptúan las operaciones en que interviene el Banco de México.

Última revisión: 2026-08-23

Regla de acumulación

El mecanismo antifraccionamiento del último párrafo del art. 17.

Regla antifraccionamiento del art. 17, último párrafo: se suman las operaciones del mismo cliente por el mismo tipo de acto realizadas en seis meses.

La ventana es de 6 meses y agrupa por cliente, actividad. Si la suma alcanza el umbral de aviso, la obligación nace en la operación con la que se cruza, sin esperar a que termine el periodo.

Calcula la acumulación de un cliente.

Límite de uso de efectivo

Una prohibición del art. 32, no un umbral de reporte. Se mide con IVA incluido.

  • Relojes, joyería, metales, piedras preciosas y obras de arte

    Transmisión de propiedad de relojes, joyería, metales preciosos y piedras preciosas, así como de obras de arte. El límite aplica por pieza o por lote.

    3,210 UMA$376,565.10

Obligaciones que genera

Las que más pesan en esta actividad. El catálogo completo aplica igual.

Ver las 19 obligaciones con sus pasos y su evidencia

Ejemplo práctico resuelto

Calculado con el mismo motor que usan las herramientas del sitio, no escrito a mano.

Venta de un reloj de alta gama

Una relojería vende una pieza en febrero de 2026 y el cliente paga la mitad en efectivo.

Valor de la operación
$200,000.00
Fecha de la operación
2026-02-18
Liquidado en efectivo
$100,000.00

Existe una posible obligación de presentar aviso

Confianza media

La operación alcanza el umbral de aviso. Verifica la fecha límite y prepara el aviso con la documentación soporte.

Qué dimos por hecho

  • Se aplicó la UMA vigente en la fecha de la operación (2026-02-18), no la del año en curso.
  • Para el límite de efectivo se usó el mismo monto capturado. El art. 32 se mide con IVA incluido: si tu monto es sin IVA, el resultado puede quedar corto.

Qué falta saber para afinar el resultado

  • Un identificador del cliente, para acumular sus operaciones en la ventana de seis meses.
IdentificaciónSe alcanza
El umbral de identificación es de 805 UMA. Con la UMA vigente en 2026-02-18 (año 2026), equivale a $94,434.55. La obligación aplica cuando el monto es igual o superior a esa cantidad.
AvisoSe alcanza
El umbral de aviso es de 1,605 UMA. Con la UMA vigente en 2026-02-18 (año 2026), equivale a $188,282.55. La obligación aplica cuando el monto es igual o superior a esa cantidad.

Límite de efectivo (art. 32)Dentro del límite

El límite para "Relojes, joyería, metales, piedras preciosas y obras de arte" es de 3,210 UMA, equivalente a $376,565.10 con la UMA vigente en 2026-02-18. Los $100,000.00 en efectivo quedan $276,565.10 por debajo del límite. Para el art. 32 la base de comparación incluye el IVA.

  • Este resultado cubre sólo la operación capturada. Si el mismo cliente hizo otras operaciones del mismo tipo en los últimos seis meses, la suma puede disparar el aviso aunque ninguna llegue por separado.

Cómo leer este ejemplo

  • La forma de pago no modifica el umbral de aviso de esta fracción, pero sí activa el análisis del art. 32 sobre la parte liquidada en efectivo.
  • El límite de efectivo se mide por pieza o por lote: dividir la venta en dos tickets no cambia el resultado.

Ejemplo calculado con la versión 2026.08.14 del corpus legal y la UMA vigente en la fecha de la operación. Las cifras del caso son ilustrativas.

Preguntas frecuentes

¿Comprar oro al público también se reporta?
Sí. La fracción habla de comercialización e intermediación, y comprar para revender es comercializar. El expediente se integra respecto de quien te vende el metal, que es tu cliente en esa operación.
¿Los relojes de lujo cuentan como joyería?
La fracción menciona expresamente los relojes, además de las joyas, los metales y las piedras preciosas. No hace falta que la pieza lleve metal precioso para quedar dentro de la mención de relojes.
¿Cuánto efectivo puedo recibir por una joya?
Hasta el límite de la fracción III del art. 32, que se mide por pieza o por lote y con IVA incluido. Por encima de esa cifra, aceptar el pago en efectivo o en metales es infracción con independencia del aviso.
¿Vender por Instagram cambia algo?
No cambia las obligaciones, cambia la dificultad de cumplirlas. El canal digital no crea una excepción, y sí complica la identificación: necesitas un procedimiento remoto documentado para integrar el expediente.
¿Debo identificar si el cliente paga con tarjeta?
Sí. En esta fracción el aviso procede con independencia de la forma de pago, y la identificación depende del monto de la operación, no del medio con que se liquide.

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  • Cada cifra legal del sitio sale del motor de reglas, no de un texto escrito a mano. Si la ley cambia, cambia el dato en un solo lugar y con él todas las páginas.
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