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Art. 17, fracción VI1 fracción más según tu caso

Ley Antilavado para joyerías y compra-oro

También lo buscan como compra de oro, relojería de lujo, compraventa de plata, joyero.

Respuesta directa

La comercialización o intermediación habitual o profesional de metales preciosos, piedras preciosas, joyas o relojes es la actividad vulnerable del artículo 17, fracción VI de la LFPIORPI, y es objeto de aviso con independencia de la forma de pago. Eso separa dos preguntas que en el mostrador se confunden todo el tiempo: si la venta genera aviso —fracción VI— y si el efectivo que recibiste cabe dentro del límite del artículo 32, que es una prohibición distinta y se mide aparte.

Esta página es la puerta; la ficha jurídica está al lado

Ésta es la entrada por oficio: te clasifica en tu fracción con el vocabulario de tu gremio y te manda a donde está el detalle. La referencia jurídica —el texto de la fracción, quién cae y quién no, la procedencia de cada cifra— vive en la ficha de la actividad vulnerable, y es la que hay que citar: Metales preciosos, piedras preciosas, joyería y relojes (art. 17, fracción VI).

¿Me aplica?

Las preguntas que de verdad deciden tu caso, en el orden en que conviene hacérselas.

  1. 1.¿Compras piezas al público, además de vender?

    Si la respuesta es sí
    La fracción VI habla de comercialización sin distinguir la dirección de la operación: la compra de oro al público también es comercialización de metales preciosos.
    Si la respuesta es no
    Aunque sólo vendas, la fracción VI ya te alcanza. Y si algún día abres la ventanilla de compra, el supuesto no cambia de fracción.
  2. 2.¿Estás separando el aviso del límite de efectivo?

    Si la respuesta es sí
    Correcto: el umbral de aviso vive en el artículo 17, fracción VI y la prohibición de recibir efectivo por encima de cierto límite vive en el artículo 32. Rebasar el límite del 32 es una infracción por sí sola aunque el aviso se haya presentado en tiempo.
    Si la respuesta es no
    Es el error más caro del mostrador. Son dos preguntas independientes y se responden por separado; además el límite del artículo 32 se mide con IVA incluido y los umbrales del artículo 17 sin IVA.
  3. 3.¿El mismo cliente ha vuelto en los últimos seis meses?

    Si la respuesta es sí
    Aplica la regla antifraccionamiento del artículo 17, último párrafo: las operaciones del mismo cliente por el mismo tipo de acto se suman en una ventana de seis meses. Sin una base consolidada por cliente, revisar tickets a mano no escala.
    Si la respuesta es no
    Entonces la venta se mide sola, pero conviene tener el registro por cliente listo para la próxima.

Ninguna respuesta de aquí dice que cumples

Estas preguntas clasifican tu operación dentro del artículo 17; no evalúan tu programa de cumplimiento ni sustituyen una revisión profesional. La conclusión más benigna que puede salir de esta página es que un supuesto no parece aplicarte, y siempre respecto del acto concreto que estás mirando, no de todo tu negocio.

Los umbrales de tu giro

Leídos del motor de reglas y convertidos a pesos con la UMA vigente al 2026-08-23. No están escritos a mano en esta página.

Metales preciosos, piedras preciosas, joyería y relojes

Art. 17, fracción VI

El artículo 17, fracción VI nombra la comercialización o intermediación habitual o profesional de metales preciosos, piedras preciosas, joyas o relojes, y precisa que es objeto de aviso con independencia de la forma de pago.

Umbrales de identificación y de aviso de Metales preciosos, piedras preciosas, joyería y relojes, convertidos a pesos con la UMA vigente al 2026-08-23.
DisposiciónIdentificaciónAvisoSe mide
Metales y joyeríaArt. 17, fracción VI
  • 805 UMA$94,434.55
  • 1,605 UMA$188,282.55
operacion

Ficha jurídica de la fracción VI: quién cae, quién no y de dónde sale cada cifra

Otras fracciones que podrías estar tocando

No afirmamos que te apliquen: dependen de qué más hace tu negocio, y eso sólo lo sabes tú. Lee el supuesto y decide si describe algo que haces.

  • Comercio exterior: agentes y apoderados aduanales · art. 17, fracción XIV

    Si importas o exportas la mercancía, el artículo 17, fracción XIV tiene un inciso propio para joyas, relojes, piedras y metales preciosos, y ahí el umbral se mide por el valor individual del bien, no por el pedimento completo. Es un supuesto que se suma al de la fracción VI, no que lo reemplaza.

    Ver los umbrales y el alcance de esta fracción

Recuerda que la UMA entra en vigor el 1 de febrero: una operación de enero se mide con la del año anterior. La tabla completa recalcula con la UMA de cualquier año registrado.

Qué cambió para ti

La reforma de 2025-2026 y el Acuerdo 115/2026, filtrados por tu fracción.

Y lo que cambió para todos

Además de lo de tu fracción hay 4 cambios que obligan a cualquiera que realice una actividad vulnerable, y el régimen de organización interna del Acuerdo 115/2026, que no movió umbrales pero sí añadió obligaciones nuevas con plazos escalonados.

Fechas que ya corren

Del calendario de implementación. Son nominales: no se recorren por días inhábiles salvo que la norma lo diga.

Fechas del calendario de implementación de la reforma y del Acuerdo 115/2026.
FechaQué te toca tener listo
Entrada en vigor del Acuerdo 115/2026Artículo Primero Transitorio, Acuerdo 115/2026
Primer periodo anual de capacitaciónArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026
Metodología de riesgos, manual y expedientesArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026
Fecha estimadaActualización de proveedores de servicios de activos virtualesArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026 (plazo en meses)
Mecanismos automatizados en operaciónArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026
Fecha estimadaNotificaciones electrónicasArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026 (plazo en meses)
Fecha estimadaDisponibilidad prevista de Consulta PEP 2.0Art. 23 Quáter 1 y Transitorios, Acuerdo 115/2026 (plazo en meses)
Primer periodo de auditoría anualArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026
Entrega del primer dictamen (ejercicio 2028)Artículos Transitorios, Acuerdo 115/2026

El checklist con estas fechas convertido en tareas está en el plan hacia el 30 de noviembre, y el detalle de cada hito en el calendario de cumplimiento.

La herramienta que te sirve

De las del sitio, la que resuelve el cálculo que más se repite en tu giro.

Límites de efectivo (art. 32)

Compara la porción liquidada en efectivo o metales contra el límite de la actividad, usando la base con IVA que exige el artículo 32.

Abrir límites de efectivo (art. 32)

Todo el cálculo corre en tu navegador. No mandamos montos ni datos de clientes a ningún servidor.

Las demás herramientas del sitio

Un caso de tu gremio

Resuelto con el mismo motor que usan las calculadoras, no escrito a mano.

Joyería: venta de relojes en mostrador

Una joyería en el centro de Querétaro vende dos relojes de alta gama a un cliente que ya había comprado ahí el año pasado. Paga con tarjeta de crédito en una sola exhibición y pide factura a nombre propio.

Ver cómo se resuelve

Los demás casos resueltos

Preguntas del gremio

Las que se repiten en este giro, no las genéricas de la ley.

Si el cliente paga con tarjeta, ¿ya no tengo que avisar?
La fracción VI es objeto de aviso con independencia de la forma de pago. Pagar con tarjeta cambia la conversación sobre el límite de efectivo del artículo 32, no la del aviso.
¿Cuenta la plata y la bisutería fina?
La fracción VI nombra metales preciosos, piedras preciosas, joyas y relojes. Si tu mercancía no es ninguno de esos, el supuesto no parece alcanzarte; revisa la ficha de la fracción antes de decidirlo por el precio de la pieza.
¿Y si vendo en línea o por redes sociales?
La fracción VI mira la comercialización habitual o profesional, no el canal. Vender por internet no saca la operación del supuesto.

Las dudas que más se repiten en todo el sitio

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Tu fracción, en términos legales

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Quién escribe y cómo se verifica

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Metodología editorial
  • Cada cifra legal del sitio sale del motor de reglas, no de un texto escrito a mano. Si la ley cambia, cambia el dato en un solo lugar y con él todas las páginas.
  • Cada afirmación jurídica lleva artículo y fracción. Si una afirmación no puede anclarse a una disposición, no se publica.
  • Contrastamos contra fuente primaria: el texto vigente publicado por la Cámara de Diputados, el Diario Oficial de la Federación, el portal SPPLD del SAT y los comunicados del INEGI para la UMA.
  • Cuando dos fuentes oficiales se contradicen, mostramos ambas y decimos que la autoridad no lo ha aclarado. No elegimos una en silencio.
  • Cuando un dato no pudo verificarse, la página lo dice con el sello de procedencia en rojo en lugar de esconderlo.
  • No emitimos constancias, dictámenes ni opiniones jurídicas, y nada de lo publicado sustituye la asesoría de un profesional sobre un caso concreto.
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Esta página es información general sobre la LFPIORPI, no asesoría jurídica ni fiscal para un caso concreto. Aplicar una regla a tu operación exige revisar hechos que aquí no conocemos.

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Antes de decidir sobre una operación real, verifica la disposición citada en su fuente oficial y consulta a un profesional.