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Art. 17, fracción V2 fracciones más según tu caso

Ley Antilavado para inmobiliarias y asesores

También lo buscan como bróker inmobiliario, asesor inmobiliario, agente de bienes raíces, bienes raíces.

Respuesta directa

Una inmobiliaria o un asesor que intermedia en la transmisión de propiedad de inmuebles realiza la actividad vulnerable del artículo 17, fracción V de la LFPIORPI. Ojo con el matiz que más cuesta caro en este gremio: la fracción V distingue el umbral de identificación del umbral de aviso, y el primero es más bajo. Muchas inmobiliarias creen que están fuera porque no llegan al de aviso, cuando la obligación de integrar expediente ya nació.

Esta página es la puerta; la ficha jurídica está al lado

Ésta es la entrada por oficio: te clasifica en tu fracción con el vocabulario de tu gremio y te manda a donde está el detalle. La referencia jurídica —el texto de la fracción, quién cae y quién no, la procedencia de cada cifra— vive en la ficha de la actividad vulnerable, y es la que hay que citar: Construcción, desarrollo e intermediación inmobiliaria (art. 17, fracción V).

¿Me aplica?

Las preguntas que de verdad deciden tu caso, en el orden en que conviene hacérselas.

  1. 1.¿Prestas el servicio de forma habitual o profesional?

    Si la respuesta es sí
    La fracción V exige que la prestación sea habitual o profesional. Si vives de esto, la respuesta es sí aunque cierres pocas operaciones al año.
    Si la respuesta es no
    Una operación aislada sobre un inmueble propio no es lo mismo que prestar el servicio. Si es tu caso, esta fracción no parece aplicarte; el acto ante notario sigue teniendo su propia clasificación en la fracción XII.
  2. 2.¿Sabes que identificar y avisar son dos umbrales distintos?

    Si la respuesta es sí
    Bien: en la fracción V el umbral de identificación es el que primero se cruza, y es el que más se pasa por alto. Que una operación no llegue al de aviso no significa que no haya expediente que integrar.
    Si la respuesta es no
    Es el punto ciego del gremio. Revisa los dos umbrales de tu fracción antes de dar por descartada una operación.
  3. 3.¿El dinero de la operación pasa por tu cuenta?

    Si la respuesta es sí
    Entonces conviene revisar también la fracción V Bis: recibir recursos destinados a un desarrollo inmobiliario es un supuesto propio, adicionado en 2025, y no se agota con la intermediación.
    Si la respuesta es no
    Si sólo acercas comprador y vendedor y el dinero va directo entre ellos, tu supuesto sigue siendo el de intermediación de la fracción V.

Ninguna respuesta de aquí dice que cumples

Estas preguntas clasifican tu operación dentro del artículo 17; no evalúan tu programa de cumplimiento ni sustituyen una revisión profesional. La conclusión más benigna que puede salir de esta página es que un supuesto no parece aplicarte, y siempre respecto del acto concreto que estás mirando, no de todo tu negocio.

Los umbrales de tu giro

Leídos del motor de reglas y convertidos a pesos con la UMA vigente al 2026-08-23. No están escritos a mano en esta página.

Construcción, desarrollo e intermediación inmobiliaria

Art. 17, fracción V

El artículo 17, fracción V nombra la prestación habitual o profesional de servicios de intermediación en la transmisión de la propiedad o constitución de derechos sobre inmuebles, cuando hay operaciones de compraventa a favor de un cliente.

Umbrales de identificación y de aviso de Construcción, desarrollo e intermediación inmobiliaria, convertidos a pesos con la UMA vigente al 2026-08-23.
DisposiciónIdentificaciónAvisoSe mide
InmobiliariaArt. 17, fracción V
Siempre
  • 8,025 UMA$941,412.75
operacion

Ficha jurídica de la fracción V: quién cae, quién no y de dónde sale cada cifra

Otras fracciones que podrías estar tocando

No afirmamos que te apliquen: dependen de qué más hace tu negocio, y eso sólo lo sabes tú. Lee el supuesto y decide si describe algo que haces.

  • Arrendamiento y derechos de uso o goce de inmuebles · art. 17, fracción XV

    Si además de vender administras rentas por cuenta propia, el artículo 17, fracción XV alcanza la constitución de derechos personales de uso o goce de inmuebles y se mide sobre el valor mensual. Sólo tú sabes si lo que firmas te pone como parte de ese contrato o sólo como intermediario del dueño.

    Ver los umbrales y el alcance de esta fracción

  • Recepción de recursos destinados a desarrollo inmobiliario · art. 17, fracción V Bis

    Si recibes recursos destinados a un desarrollo cuya finalidad es su venta o renta —preventas, apartados que entran a tu cuenta, esquemas de coinversión—, el supuesto que te toca es el del artículo 17, fracción V Bis, adicionada en 2025, y es distinto del de intermediación.

    Ver los umbrales y el alcance de esta fracción

Recuerda que la UMA entra en vigor el 1 de febrero: una operación de enero se mide con la del año anterior. La tabla completa recalcula con la UMA de cualquier año registrado.

Qué cambió para ti

La reforma de 2025-2026 y el Acuerdo 115/2026, filtrados por tu fracción.

Y lo que cambió para todos

Además de lo de tu fracción hay 4 cambios que obligan a cualquiera que realice una actividad vulnerable, y el régimen de organización interna del Acuerdo 115/2026, que no movió umbrales pero sí añadió obligaciones nuevas con plazos escalonados.

Fechas que ya corren

Del calendario de implementación. Son nominales: no se recorren por días inhábiles salvo que la norma lo diga.

Fechas del calendario de implementación de la reforma y del Acuerdo 115/2026.
FechaQué te toca tener listo
Entrada en vigor del Acuerdo 115/2026Artículo Primero Transitorio, Acuerdo 115/2026
Primer periodo anual de capacitaciónArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026
Metodología de riesgos, manual y expedientesArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026
Fecha estimadaActualización de proveedores de servicios de activos virtualesArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026 (plazo en meses)
Mecanismos automatizados en operaciónArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026
Fecha estimadaNotificaciones electrónicasArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026 (plazo en meses)
Fecha estimadaDisponibilidad prevista de Consulta PEP 2.0Art. 23 Quáter 1 y Transitorios, Acuerdo 115/2026 (plazo en meses)
Primer periodo de auditoría anualArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026
Entrega del primer dictamen (ejercicio 2028)Artículos Transitorios, Acuerdo 115/2026

El checklist con estas fechas convertido en tareas está en el plan hacia el 30 de noviembre, y el detalle de cada hito en el calendario de cumplimiento.

La herramienta que te sirve

De las del sitio, la que resuelve el cálculo que más se repite en tu giro.

Calculadora de umbrales

Resuelve si la operación alcanza el umbral de identificación y el de aviso, con la UMA vigente en la fecha capturada.

Abrir calculadora de umbrales

Todo el cálculo corre en tu navegador. No mandamos montos ni datos de clientes a ningún servidor.

Las demás herramientas del sitio

Un caso de tu gremio

Resuelto con el mismo motor que usan las calculadoras, no escrito a mano.

Inmobiliaria: departamento en preventa en Guadalajara

Una inmobiliaria en Guadalajara intermedia la preventa de un departamento de dos recámaras en un desarrollo de la zona poniente. El comprador es un particular que paga el enganche por transferencia y contrata crédito bancario para el resto.

Ver cómo se resuelve

Los demás casos resueltos

Preguntas del gremio

Las que se repiten en este giro, no las genéricas de la ley.

Si la operación se firma ante notario, ¿el aviso ya lo dio él?
No se traspasa. El notario avisa por su propia actividad vulnerable —la del artículo 17, fracción XII, Apartado A— y la inmobiliaria por la suya, la fracción V. Son dos sujetos obligados distintos sobre la misma operación.
¿Un asesor independiente que factura por comisión también entra?
La fracción V no distingue por tamaño ni por régimen fiscal: mira si la prestación del servicio de intermediación es habitual o profesional. Un asesor que vive de eso realiza la actividad aunque no tenga oficina ni marca.
¿Qué pasa si el cliente compra dos departamentos en el mismo trimestre?
Aplica la regla antifraccionamiento del artículo 17, último párrafo: las operaciones del mismo cliente por el mismo tipo de acto se suman en una ventana de seis meses.

Las dudas que más se repiten en todo el sitio

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Metodología editorial
  • Cada cifra legal del sitio sale del motor de reglas, no de un texto escrito a mano. Si la ley cambia, cambia el dato en un solo lugar y con él todas las páginas.
  • Cada afirmación jurídica lleva artículo y fracción. Si una afirmación no puede anclarse a una disposición, no se publica.
  • Contrastamos contra fuente primaria: el texto vigente publicado por la Cámara de Diputados, el Diario Oficial de la Federación, el portal SPPLD del SAT y los comunicados del INEGI para la UMA.
  • Cuando dos fuentes oficiales se contradicen, mostramos ambas y decimos que la autoridad no lo ha aclarado. No elegimos una en silencio.
  • Cuando un dato no pudo verificarse, la página lo dice con el sello de procedencia en rojo en lugar de esconderlo.
  • No emitimos constancias, dictámenes ni opiniones jurídicas, y nada de lo publicado sustituye la asesoría de un profesional sobre un caso concreto.
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Esta página es información general sobre la LFPIORPI, no asesoría jurídica ni fiscal para un caso concreto. Aplicar una regla a tu operación exige revisar hechos que aquí no conocemos.

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Antes de decidir sobre una operación real, verifica la disposición citada en su fuente oficial y consulta a un profesional.