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Art. 17, fracción III

Emisión y comercialización de cheques de viajero

Emisión y comercialización habitual o profesional de cheques de viajero por quien no es entidad financiera. Se identifica siempre, sin importar el monto.

Respuesta directa

Emitir o comercializar cheques de viajero de forma habitual o profesional, sin ser entidad financiera, es actividad vulnerable. Aquí la identificación no tiene umbral: se identifica a quien los adquiere sin importar el monto, y el aviso nace sólo cuando la operación alcanza la cifra de la fracción.

Quién cae y quién no

La pregunta que trae casi todo el que llega a esta página.

Sí queda dentro

  • Casas de cambio no financieras que comercializan cheques de viajero
  • Agencias de viajes que emiten o venden cheques de viajero a sus clientes
  • Operadores turísticos que ofrecen el instrumento como servicio complementario

No queda dentro

  • Instituciones de crédito y otras entidades financieras, que cumplen bajo su propio régimen.
  • El comercio que acepta un cheque de viajero como pago: no lo emite ni lo comercializa.
  • Quien compra cheques de viajero para su propio viaje: es cliente, no sujeto obligado.

Lo que hay que mirar para no equivocarse

  • La identificación es siempre: no existe un monto por debajo del cual puedas prescindir del expediente.
  • El aviso sí tiene umbral y se mide por operación de emisión o comercialización.
  • Es una fracción de volumen bajo pero de obligación viva: quien está dado de alta debe presentar informe en ceros los meses sin operación.
  • La conservación de la información corre por diez años desde la operación, igual que en el resto de las actividades.
  • La acumulación de seis meses aplica y suele ser el único camino al aviso en un sector de tickets pequeños.

Umbrales de identificación y aviso

Convertidos a pesos con la UMA vigente al 2026-08-23.

Umbrales de identificación y de aviso de Emisión y comercialización de cheques de viajero.
DisposiciónIdentificaciónAvisoSe mide
Cheques de viajeroArt. 17, fracción III
Siempre
  • 645 UMA$75,664.95
operacion

¿Necesitas otro año? La tabla completa recalcula todo con la UMA de cualquier año registrado. Recuerda que la UMA entra en vigor el 1 de febrero: una operación de enero se mide con la del año anterior.

Verificado en fuente oficialArt. 17, fracción III

Contrastamos este dato directamente contra el documento publicado por la autoridad.

Contrastado contra la tabla oficial de umbrales del SAT y el texto vigente de la LFPIORPI (última reforma DOF 16-07-2025).

Última revisión: 2026-08-23

Regla de acumulación

El mecanismo antifraccionamiento del último párrafo del art. 17.

Regla antifraccionamiento del art. 17, último párrafo: se suman las operaciones del mismo cliente por el mismo tipo de acto realizadas en seis meses.

La ventana es de 6 meses y agrupa por cliente, actividad. Si la suma alcanza el umbral de aviso, la obligación nace en la operación con la que se cruza, sin esperar a que termine el periodo.

Calcula la acumulación de un cliente.

Obligaciones que genera

Las que más pesan en esta actividad. El catálogo completo aplica igual.

  • Identificación del cliente o usuario

    Antes o al momento de realizar el acto, hay que identificar de forma directa al cliente o usuario y verificar su identidad con documentos válidos.

    Art. 18, fracción I

  • Integración y actualización de expedientes

    Cada cliente identificado requiere un expediente único de identificación, actualizado y disponible para la autoridad.

    Art. 18, fracción I, y art. 12 de las disposiciones de carácter general

  • Informes en ceros

    Cuando en el periodo no hubo operaciones que alcanzaran el umbral de aviso, de todas formas debe presentarse el informe correspondiente.

    Art. 23

  • Conservación de información por diez años

    La información, documentación y soportes de las operaciones y de la identificación deben conservarse por diez años.

    Art. 18, fracción IV

Ver las 19 obligaciones con sus pasos y su evidencia

Ejemplo práctico resuelto

Calculado con el mismo motor que usan las herramientas del sitio, no escrito a mano.

Venta de cheques de viajero en una sola operación

Una casa de cambio vende cheques de viajero a un cliente en agosto de 2026 por el importe siguiente.

Valor de la operación
$80,000.00
Fecha de la operación
2026-08-20

Existe una posible obligación de presentar aviso

Confianza media

La operación alcanza el umbral de aviso. Verifica la fecha límite y prepara el aviso con la documentación soporte.

Qué dimos por hecho

  • Se aplicó la UMA vigente en la fecha de la operación (2026-08-20), no la del año en curso.

Qué falta saber para afinar el resultado

  • Un identificador del cliente, para acumular sus operaciones en la ventana de seis meses.
IdentificaciónSe alcanza
Se identifica a quien adquiere cheques de viajero sin importar el monto.
AvisoSe alcanza
El umbral de aviso es de 645 UMA. Con la UMA vigente en 2026-08-20 (año 2026), equivale a $75,664.95. La obligación aplica cuando el monto es igual o superior a esa cantidad.
  • Este resultado cubre sólo la operación capturada. Si el mismo cliente hizo otras operaciones del mismo tipo en los últimos seis meses, la suma puede disparar el aviso aunque ninguna llegue por separado.

Cómo leer este ejemplo

  • Aunque el monto no llegara al umbral de aviso, el expediente de identificación sería obligatorio de todas formas: en esta fracción identificar no depende del monto.
  • Si el cliente compró cheques en operaciones previas dentro de la ventana de seis meses, revisa la acumulación antes de concluir.

Ejemplo calculado con la versión 2026.08.14 del corpus legal y la UMA vigente en la fecha de la operación. Las cifras del caso son ilustrativas.

Preguntas frecuentes

¿Siguen existiendo los cheques de viajero en México?
Su uso cayó mucho frente a las tarjetas y los pagos digitales, pero la fracción sigue vigente. Mientras la actividad se realice de forma habitual o profesional, las obligaciones se aplican con independencia del volumen del mercado.
¿Por qué identifico desde el primer peso?
Porque el art. 17 no fija umbral de identificación para esta fracción. La ley trata el instrumento como equivalente cercano al efectivo, y por eso exige conocer a quien lo adquiere en todos los casos.
¿Una agencia de viajes es sujeto obligado por esto?
Lo es si emite o comercializa cheques de viajero de forma habitual o profesional. Vender paquetes turísticos no la convierte en sujeto obligado por esta fracción; comercializar el instrumento, sí.
¿Aplica a cheques emitidos en el extranjero?
Lo que se analiza es tu actividad en México: si tú los comercializas aquí de forma habitual, la obligación es tuya con independencia de quién los haya emitido. Documenta el origen del instrumento en el expediente.
¿Debo presentar informe en ceros si este mes no vendí ninguno?
Sí, mientras sigas dado de alta por esta actividad. Si dejaste de realizarla, tramita la baja del padrón: hasta que la presentes, la obligación de informar continúa.

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Quién escribe y cómo se verifica

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Metodología editorial
  • Cada cifra legal del sitio sale del motor de reglas, no de un texto escrito a mano. Si la ley cambia, cambia el dato en un solo lugar y con él todas las páginas.
  • Cada afirmación jurídica lleva artículo y fracción. Si una afirmación no puede anclarse a una disposición, no se publica.
  • Contrastamos contra fuente primaria: el texto vigente publicado por la Cámara de Diputados, el Diario Oficial de la Federación, el portal SPPLD del SAT y los comunicados del INEGI para la UMA.
  • Cuando dos fuentes oficiales se contradicen, mostramos ambas y decimos que la autoridad no lo ha aclarado. No elegimos una en silencio.
  • Cuando un dato no pudo verificarse, la página lo dice con el sello de procedencia en rojo en lugar de esconderlo.
  • No emitimos constancias, dictámenes ni opiniones jurídicas, y nada de lo publicado sustituye la asesoría de un profesional sobre un caso concreto.
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Antes de decidir sobre una operación real, verifica la disposición citada en su fuente oficial y consulta a un profesional.