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Art. 17, fracción V1 fracción más según tu caso

Ley Antilavado para constructoras y desarrolladoras

También lo buscan como desarrolladora inmobiliaria, promotor de vivienda, preventa de departamentos.

Respuesta directa

Una constructora o desarrolladora puede caer en dos supuestos a la vez y no son intercambiables. El artículo 17, fracción V de la LFPIORPI alcanza la prestación habitual o profesional de servicios de construcción o desarrollo de inmuebles cuando hay compraventa a favor de un cliente. El artículo 17, fracción V Bis —adicionada por el decreto publicado el 16 de julio de 2025— alcanza la recepción de recursos destinados a un desarrollo inmobiliario cuya finalidad sea su venta o renta, que es exactamente lo que hace un esquema de preventa o de coinversión.

Esta página es la puerta; la ficha jurídica está al lado

Ésta es la entrada por oficio: te clasifica en tu fracción con el vocabulario de tu gremio y te manda a donde está el detalle. La referencia jurídica —el texto de la fracción, quién cae y quién no, la procedencia de cada cifra— vive en la ficha de la actividad vulnerable, y es la que hay que citar: Construcción, desarrollo e intermediación inmobiliaria (art. 17, fracción V).

¿Me aplica?

Las preguntas que de verdad deciden tu caso, en el orden en que conviene hacérselas.

  1. 1.¿Vendes directamente al público o sólo construyes por contrato para un tercero?

    Si la respuesta es sí
    Si vendes, la fracción V te alcanza por la parte de compraventa a favor de un cliente.
    Si la respuesta es no
    Si eres contratista de obra y el desarrollo es de otro, esa parte no parece encajar en la fracción V por sí sola. Quien vende y quien capta los recursos son los que tienen que revisarse en la fracción V y en la V Bis.
  2. 2.¿Recibes aportaciones, apartados o preventas antes de escriturar?

    Si la respuesta es sí
    Ése es el supuesto de la fracción V Bis: recepción de recursos destinados a un desarrollo inmobiliario. No se resuelve con la ficha de la fracción V.
    Si la respuesta es no
    Si el dinero entra hasta la escritura, tu supuesto vive en la fracción V. Vale la pena revisarlo otra vez si cambias el esquema comercial.
  3. 3.¿El comprador paga en parcialidades a lo largo de la obra?

    Si la respuesta es sí
    Entonces mira la regla antifraccionamiento del artículo 17, último párrafo: las operaciones del mismo cliente por el mismo tipo de acto se suman en una ventana de seis meses, y el aviso nace en la parcialidad con la que se alcanza el umbral, no al terminar la obra.
    Si la respuesta es no
    Con pago único la medición es más simple, pero el umbral de identificación sigue siendo distinto —y más bajo— que el de aviso.

Ninguna respuesta de aquí dice que cumples

Estas preguntas clasifican tu operación dentro del artículo 17; no evalúan tu programa de cumplimiento ni sustituyen una revisión profesional. La conclusión más benigna que puede salir de esta página es que un supuesto no parece aplicarte, y siempre respecto del acto concreto que estás mirando, no de todo tu negocio.

Los umbrales de tu giro

Leídos del motor de reglas y convertidos a pesos con la UMA vigente al 2026-08-23. No están escritos a mano en esta página.

Construcción, desarrollo e intermediación inmobiliaria

Art. 17, fracción V

El artículo 17, fracción V nombra la prestación habitual o profesional de servicios de construcción o desarrollo de inmuebles cuando hay operaciones de compraventa a favor de un cliente.

Umbrales de identificación y de aviso de Construcción, desarrollo e intermediación inmobiliaria, convertidos a pesos con la UMA vigente al 2026-08-23.
DisposiciónIdentificaciónAvisoSe mide
InmobiliariaArt. 17, fracción V
Siempre
  • 8,025 UMA$941,412.75
operacion

Ficha jurídica de la fracción V: quién cae, quién no y de dónde sale cada cifra

Otras fracciones que podrías estar tocando

No afirmamos que te apliquen: dependen de qué más hace tu negocio, y eso sólo lo sabes tú. Lee el supuesto y decide si describe algo que haces.

  • Recepción de recursos destinados a desarrollo inmobiliario · art. 17, fracción V Bis

    El artículo 17, fracción V Bis alcanza la recepción de recursos destinados a un desarrollo inmobiliario cuya finalidad sea su venta o renta. Si tu esquema capta aportaciones antes de escriturar, revisa este supuesto además del anterior: es el más nuevo de la ley y nombra prácticas que antes no estaban nombradas.

    Ver los umbrales y el alcance de esta fracción

Recuerda que la UMA entra en vigor el 1 de febrero: una operación de enero se mide con la del año anterior. La tabla completa recalcula con la UMA de cualquier año registrado.

Qué cambió para ti

La reforma de 2025-2026 y el Acuerdo 115/2026, filtrados por tu fracción.

Y lo que cambió para todos

Además de lo de tu fracción hay 4 cambios que obligan a cualquiera que realice una actividad vulnerable, y el régimen de organización interna del Acuerdo 115/2026, que no movió umbrales pero sí añadió obligaciones nuevas con plazos escalonados.

Fechas que ya corren

Del calendario de implementación. Son nominales: no se recorren por días inhábiles salvo que la norma lo diga.

Fechas del calendario de implementación de la reforma y del Acuerdo 115/2026.
FechaQué te toca tener listo
Entrada en vigor del Acuerdo 115/2026Artículo Primero Transitorio, Acuerdo 115/2026
Primer periodo anual de capacitaciónArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026
Metodología de riesgos, manual y expedientesArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026
Fecha estimadaActualización de proveedores de servicios de activos virtualesArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026 (plazo en meses)
Mecanismos automatizados en operaciónArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026
Fecha estimadaNotificaciones electrónicasArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026 (plazo en meses)
Fecha estimadaDisponibilidad prevista de Consulta PEP 2.0Art. 23 Quáter 1 y Transitorios, Acuerdo 115/2026 (plazo en meses)
Primer periodo de auditoría anualArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026
Entrega del primer dictamen (ejercicio 2028)Artículos Transitorios, Acuerdo 115/2026

El checklist con estas fechas convertido en tareas está en el plan hacia el 30 de noviembre, y el detalle de cada hito en el calendario de cumplimiento.

La herramienta que te sirve

De las del sitio, la que resuelve el cálculo que más se repite en tu giro.

Acumulación de seis meses

Suma las operaciones del mismo cliente dentro de la ventana móvil de seis meses y marca en cuál exactamente se disparó el aviso.

Abrir acumulación de seis meses

Todo el cálculo corre en tu navegador. No mandamos montos ni datos de clientes a ningún servidor.

Las demás herramientas del sitio

Un caso de tu gremio

Resuelto con el mismo motor que usan las calculadoras, no escrito a mano.

Inmobiliaria: departamento en preventa en Guadalajara

Una inmobiliaria en Guadalajara intermedia la preventa de un departamento de dos recámaras en un desarrollo de la zona poniente. El comprador es un particular que paga el enganche por transferencia y contrata crédito bancario para el resto.

Ver cómo se resuelve

Los demás casos resueltos

Preguntas del gremio

Las que se repiten en este giro, no las genéricas de la ley.

¿La fracción V Bis es nueva?
Sí: se adicionó por decreto publicado en el Diario Oficial el 16 de julio de 2025. Antes, los esquemas de preventa y coinversión no estaban nombrados por su nombre en el artículo 17.
¿Puedo caer en las dos fracciones por el mismo proyecto?
Son supuestos independientes y describen conductas distintas: construir y vender, por un lado; recibir recursos destinados al desarrollo, por otro. Cada uno se mide con su propia regla y no se compensan entre sí.
¿Cuenta el terreno que compramos para el desarrollo?
Esa compraventa se protocoliza ante fedatario y tiene su propia clasificación en el artículo 17, fracción XII. La obligación del fedatario no sustituye a la tuya ni al revés.

Las dudas que más se repiten en todo el sitio

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Quién escribe y cómo se verifica

Equipo editorial de LeyAntilavado.org · Investigación normativa y redacción

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Metodología editorial
  • Cada cifra legal del sitio sale del motor de reglas, no de un texto escrito a mano. Si la ley cambia, cambia el dato en un solo lugar y con él todas las páginas.
  • Cada afirmación jurídica lleva artículo y fracción. Si una afirmación no puede anclarse a una disposición, no se publica.
  • Contrastamos contra fuente primaria: el texto vigente publicado por la Cámara de Diputados, el Diario Oficial de la Federación, el portal SPPLD del SAT y los comunicados del INEGI para la UMA.
  • Cuando dos fuentes oficiales se contradicen, mostramos ambas y decimos que la autoridad no lo ha aclarado. No elegimos una en silencio.
  • Cuando un dato no pudo verificarse, la página lo dice con el sello de procedencia en rojo en lugar de esconderlo.
  • No emitimos constancias, dictámenes ni opiniones jurídicas, y nada de lo publicado sustituye la asesoría de un profesional sobre un caso concreto.
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Esta página es información general sobre la LFPIORPI, no asesoría jurídica ni fiscal para un caso concreto. Aplicar una regla a tu operación exige revisar hechos que aquí no conocemos.

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Antes de decidir sobre una operación real, verifica la disposición citada en su fuente oficial y consulta a un profesional.