Ley Antilavado para plataformas de activos virtuales
También lo buscan como exchange de criptomonedas, compraventa de bitcoin, cajero de criptomonedas, P2P de cripto.
Respuesta directa
El ofrecimiento habitual y profesional de intercambio de activos virtuales por sujetos distintos de las entidades financieras, a través de plataformas electrónicas, es la actividad vulnerable del artículo 17, fracción XVI de la LFPIORPI. Tiene una particularidad que no comparte ninguna otra fracción: dos disparadores independientes —el monto de la operación y la contraprestación cobrada por el servicio—, y basta con que uno se alcance. La fracción alcanza además operaciones realizadas con personas mexicanas desde otra jurisdicción.
Esta página es la puerta; la ficha jurídica está al lado
Ésta es la entrada por oficio: te clasifica en tu fracción con el vocabulario de tu gremio y te manda a donde está el detalle. La referencia jurídica —el texto de la fracción, quién cae y quién no, la procedencia de cada cifra— vive en la ficha de la actividad vulnerable, y es la que hay que citar: Intercambio de activos virtuales (art. 17, fracción XVI).
¿Me aplica?
Las preguntas que de verdad deciden tu caso, en el orden en que conviene hacérselas.
1.¿Estás mirando sólo el monto intercambiado?
- Si la respuesta es sí
- Falta la mitad: la fracción XVI tiene un segundo disparador independiente en la contraprestación cobrada por el servicio. Una operación puede quedar por debajo del umbral de monto y aun así cruzar el de comisión.
- Si la respuesta es no
- Bien. Los dos supuestos se evalúan por separado y ninguno absorbe al otro.
2.¿Estás constituido como entidad financiera o como institución de tecnología financiera?
- Si la respuesta es sí
- La fracción XVI está escrita para sujetos distintos de las entidades financieras. Si estás regulado, tu régimen de prevención es otro.
- Si la respuesta es no
- Entonces el supuesto de la fracción XVI es el que te corresponde, incluso si la plataforma opera desde el extranjero: la fracción alcanza operaciones realizadas con personas mexicanas desde otra jurisdicción.
3.¿Tu volumen de operaciones cabe en una revisión manual?
- Si la respuesta es sí
- Aun así conviene automatizar: la regla antifraccionamiento del artículo 17, último párrafo, obliga a consolidar por cliente en una ventana de seis meses, y eso no se sostiene revisando registros a mano.
- Si la respuesta es no
- Es lo habitual en este giro. La evaluación por lote de operaciones existe justo para eso.
Los umbrales de tu giro
Leídos del motor de reglas y convertidos a pesos con la UMA vigente al 2026-08-23. No están escritos a mano en esta página.
Intercambio de activos virtuales
Art. 17, fracción XVIEl artículo 17, fracción XVI nombra el ofrecimiento habitual y profesional de intercambio de activos virtuales a través de plataformas electrónicas por quien no es entidad financiera, con dos supuestos con regla propia: el monto de la operación y la contraprestación cobrada.
| Disposición | Identificación | Aviso | Se mide |
|---|---|---|---|
| Activos virtualesArt. 17, fracción XVI, incisos a) y b) | Siempre |
| operacion |
Ficha jurídica de la fracción XVI: quién cae, quién no y de dónde sale cada cifra
Recuerda que la UMA entra en vigor el 1 de febrero: una operación de enero se mide con la del año anterior. La tabla completa recalcula con la UMA de cualquier año registrado.
Qué cambió para ti
La reforma de 2025-2026 y el Acuerdo 115/2026, filtrados por tu fracción.
- Fracción XVISin cambio de umbral documentado
Activos virtuales
Y lo que cambió para todos
Además de lo de tu fracción hay 4 cambios que obligan a cualquiera que realice una actividad vulnerable, y el régimen de organización interna del Acuerdo 115/2026, que no movió umbrales pero sí añadió obligaciones nuevas con plazos escalonados.
Fechas que ya corren
Del calendario de implementación. Son nominales: no se recorren por días inhábiles salvo que la norma lo diga.
| Fecha | Qué te toca tener listo |
|---|---|
| Entrada en vigor del Acuerdo 115/2026Artículo Primero Transitorio, Acuerdo 115/2026 | |
| Primer periodo anual de capacitaciónArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026 | |
| Metodología de riesgos, manual y expedientesArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026 | |
| Actualización de proveedores de servicios de activos virtualesArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026 (plazo en meses) | |
| Mecanismos automatizados en operaciónArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026 | |
| Notificaciones electrónicasArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026 (plazo en meses) | |
| Disponibilidad prevista de Consulta PEP 2.0Art. 23 Quáter 1 y Transitorios, Acuerdo 115/2026 (plazo en meses) | |
| Primer periodo de auditoría anualArtículos Transitorios, Acuerdo 115/2026 | |
| Entrega del primer dictamen (ejercicio 2028)Artículos Transitorios, Acuerdo 115/2026 |
El checklist con estas fechas convertido en tareas está en el plan hacia el 30 de noviembre, y el detalle de cada hito en el calendario de cumplimiento.
La herramienta que te sirve
De las del sitio, la que resuelve el cálculo que más se repite en tu giro.
Importador de operaciones
Valida cada fila, reporta los errores con su número de línea y evalúa las filas válidas con el motor.
Abrir importador de operaciones
Todo el cálculo corre en tu navegador. No mandamos montos ni datos de clientes a ningún servidor.
Un caso de tu gremio
Resuelto con el mismo motor que usan las calculadoras, no escrito a mano.
Activos virtuales: la comisión que dispara el aviso
Una plataforma mexicana de intercambio de activos virtuales procesa una operación de compra para un cliente recurrente. El monto intercambiado es modesto, pero la plataforma cobra una comisión de servicio elevada por tratarse de una orden urgente fuera de horario.
Preguntas del gremio
Las que se repiten en este giro, no las genéricas de la ley.
›¿Aplica a una plataforma constituida en el extranjero?
›¿Y el intercambio entre particulares por mensajería?
›¿Cuál de los dos disparadores manda?
Sigue por aquí
Tu fracción, en términos legales
- Intercambio de activos virtuales
La referencia jurídica de la fracción XVI: texto, alcance y procedencia de cada cifra
Qué tienes que hacer
Otros oficios
- Todos los oficios
Encuentra el tuyo por su nombre
- Las fracciones del artículo 17
- Glosario de términos
Quién escribe y cómo se verifica
Equipo editorial de LeyAntilavado.org · Investigación normativa y redacción
Equipo que investiga, redacta y mantiene el contenido de LeyAntilavado.org. No somos un despacho ni una autoridad: somos un proyecto editorial independiente que explica la LFPIORPI en español claro y cita siempre la disposición de la que sale cada afirmación.
Metodología editorial
- Cada cifra legal del sitio sale del motor de reglas, no de un texto escrito a mano. Si la ley cambia, cambia el dato en un solo lugar y con él todas las páginas.
- Cada afirmación jurídica lleva artículo y fracción. Si una afirmación no puede anclarse a una disposición, no se publica.
- Contrastamos contra fuente primaria: el texto vigente publicado por la Cámara de Diputados, el Diario Oficial de la Federación, el portal SPPLD del SAT y los comunicados del INEGI para la UMA.
- Cuando dos fuentes oficiales se contradicen, mostramos ambas y decimos que la autoridad no lo ha aclarado. No elegimos una en silencio.
- Cuando un dato no pudo verificarse, la página lo dice con el sello de procedencia en rojo en lugar de esconderlo.
- No emitimos constancias, dictámenes ni opiniones jurídicas, y nada de lo publicado sustituye la asesoría de un profesional sobre un caso concreto.
- Publicado:
- Última actualización: